Descripción
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ReferenciaD104
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Descripción
Certificación que acredita los datos inscritos en el Registro de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid sobre:
- Municipios y entidades locales menores.
- Mancomunidades.
- Entidades locales de ámbito superior al municipio (Comarcas, Áreas y entidades metropolitanas y otras agrupaciones de municipios).
- Asociaciones y federaciones de entidades locales.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas físicas y jurídicas.
Requisitos
- Solicitar el certificado como mínimo 1 mes después de producirse alguno de los siguientes hechos:
- La inscripción del dato.
- La modificación del dato inscrito.
- La cancelación de inscripción.
- La inscripción de anotaciones preventivas de procedimientos administrativos y procesos judiciales que afectan a las entidades locales.
- Indicar en la solicitud los siguientes datos:
- Tipo de entidad de la que solicitan el certificado:
- Entidades locales.
- Asociaciones y federaciones de entidades locales.
- Número del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) del acto de creación o modificación de datos de la entidad.
- Fecha de publicación en BOCM de los datos de la entidad.
- Tipo de entidad de la que solicitan el certificado:
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Asistencia a municipios
- Dirección: Calle Alcalá Galiano, 4. 28010 Madrid
- Correo electrónico: sgasistenciamunicipios@madrid.org
- Teléfono: 912767652
- Horario de atención al público: lunes a viernes de 09:00 a 14:30 horas
Documentación de interés
Tramitación
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la información aportada.
Si falta algún dato o se detecta algún error, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos).
Si no lo subsana, entenderemos que renuncia a su petición.
Si todo es correcto, emitiremos el certificado y se lo comunicaremos a la persona solicitante.
Plazo de respuesta
El plazo máximo de emisión del certificado es de 3 meses.
Normativa
- Orden de 23 de mayo de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se desarrolla el Decreto 6/2017, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 210, de 3 de septiembre).
- Decreto 6/2017, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 29, de 3 de febrero).
- Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid (BOE nº 65, de 18 de marzo).
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE nº 80, de 3 de abril).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).