Descripción
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Referencia30668
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Descripción
El personal veterinario que quiere colaborar en la inspección sanitaria de animales abatidos en cacerías y monterías, y matanzas domiciliarias de cerdos en la Comunidad de Madrid debe solicitar autorización en los 20 primeros días del mes de septiembre.
La autorización tiene validez para una campaña anual.
Asimismo, el personal veterinario autorizado debe comunicar los controles sanitarios efectuados una vez al mes como mínimo, durante la campaña.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 01/09/2025 Fecha de fin: 22/09/2025
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Personas destinatarias
Personas licenciadas o con grado en veterinaria.
Requisitos
- Estar inscrito en un colegio profesional de veterinaria y mantener la colegiación durante toda la campaña.
- Disponer del material necesario para efectuar el diagnóstico de triquina, únicamente si va a realizar el control sanitario de jabalíes para autoconsumo o de cerdos procedentes de matanzas domiciliarias.
- Autorizar expresamente a la Comunidad de Madrid para publicar sus datos, si quiere figurar en el listado de veterinarios colaboradores autorizados en cacerías y monterías y matanzas domiciliarias de cerdos para autoconsumo.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Justificante de estar inscrito actualmente en un colegio profesional de veterinaria.
- Currículum vitae.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Control Oficial de Mataderos
- Dirección: Calle Ronda de Segovia 52. 28005 Madrid
- Correo electrónico: seguridad.alimentaria@salud.madrid.org
- Teléfonos: 913442985; 913442987
Documentación de interés
Tramitación
Una vez enviada la solicitud, comprobaremos si es correcta y está completa. En caso contrario, enviaremos un requerimiento de subsanación con un plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) para contestar. Si no respondes, se desestimará la solicitud.
Si es correcta, emitiremos resolución de autorización, que será válida para una campaña anual.
Si has autorizado expresamente su publicación, tus datos se incluirán en el listado de veterinarios colaboradores autorizados para esta campaña anual, disponible para consulta pública en la web de la Comunidad de Madrid.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Normativa
- Orden 2138/1996, de 25 de septiembre, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se regula la Campaña Oficial de Matanza Domiciliaria de Cerdos (BOCM nº 233, de 30 de septiembre).
- Orden 2139/1996, de 25 de septiembre, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se regula el control sanitario, transporte y comercialización de animales silvestres abatidos en cacerías y monterías (BOCM nº 233, de 30 de septiembre).
- Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1375 de la Comisión, de 10 de agosto de 2015, por el que se establecen normas específicas para los controles oficiales de la presencia de triquinas en la carne (DOUE nº 212, de 11 de agosto).
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).