Última actualización: 02/09/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 02/09/2025 Fecha de fin: 15/09/2025
  • En Plazo

    • Presentación de solicitudes

      Fecha de inicio: 02/09/2025 Fecha de fin: 15/09/2025

    Tramitar

  • En tramitación

    Fecha de inicio: 02/09/2025 Fecha de fin: 15/09/2025

    Tramitar

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    L263
  • Descripción

    Pruebas de conocimiento para obtener la habilitación lingüística en lengua inglesa en 2025. Dicha habilitación es necesaria para desempeñar puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 02/09/2025 Fecha de fin: 15/09/2025

Personas destinatarias

  1. Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
  2. Personal funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, del Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional y del Cuerpo de Maestros.
  3. Personal integrante de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad de la Comunidad de Madrid, de cualquiera de los cuerpos recogidos en los apartados anteriores.
  4. Personal docente de religión en las etapas de Educación Infantil, Primaria o Secundaria, que se encuentra en uno de los siguientes casos:
    1. Trabaja en centros públicos.
    2. Dispone de un compromiso de propuesta para la docencia por la autoridad religiosa correspondiente, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

  1. Haber alcanzado un nivel de competencia comunicativa B2 o superior del MCER, en lengua inglesa. Es importante tener en cuenta que:
    1. Se exige un nivel de competencia comunicativa B2 en cada una de las cuatro destrezas descritas por el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER):
      1. Comprensión de lectura.
      2. Comprensión auditiva.
      3. Expresión escrita.
      4. Expresión oral.
    2. El cumplimiento de este requisito debe acreditarse mediante la presentación de alguno de los certificados o títulos que se recogen en el Anexo I de la convocatoria.
    3. Las personas candidatas con nacionalidad de un país cuya lengua oficial es la lengua inglesa están exentas de presentar la documentación indicada en el apartado anterior.
  2. No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, dado que el desempeño de las labores propias de los puestos docentes implica contacto habitual con menores.
  3. Acreditar el compromiso de propuesta para la docencia por la autoridad religiosa correspondiente, en caso de personal docente que imparte religión.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario la aplicación.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Documentación acreditativa de la nacionalidad.
  2. Acreditación de compromiso de propuesta para la docencia por la autoridad religiosa correspondiente.
  3. Documentación justificativa de los requisitos para funcionarios sin destino en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
  4. Documento de otorgamiento de la representación, en su caso.
  5. Titulación mínima para formar parte del proceso por superación de pruebas de conocimientos (Anexo I).
  6. Exención de la primera fase de la prueba de conocimientos (Apartado B del Anexo II).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Titulación o certificación objeto de consulta conforme al apartado A del Anexo II para la exención de la primera fase de la prueba de conocimientos.
  2. DNI o NIE de la persona interesada.
  3. DNI o NIE de la persona representante.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  • Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

La prueba de conocimientos se desarrolla en dos fases:

  1. Primera fase.
    1. Consiste en una prueba que mide el grado de competencia comunicativa en lengua inglesa alcanzado en las siguientes destrezas:
      1. Comprensión lectora.
      2. Expresión escrita.
      3. Comprensión auditiva.
      4. Grado de conocimientos adquiridos sobre gramática y vocabulario.
    2. Están exentas de participar en esta fase las personas que cumplen los siguientes requisitos, por lo que accederán directamente a la segunda fase:
      1. Estar en posesión de alguno de los títulos o certificados enumerados en el Anexo II, si lo han obtenido hace más de 5 años.
      2. Haber superado la primera fase de las pruebas convocadas por alguna de las siguientes Resoluciones conjuntas de 24 de enero de 2023, de 27 de diciembre de 2023 o de 19 de diciembre de 2024.
      3. Haber expirado la vigencia de la habilitación lingüística en lengua inglesa obtenida con anterioridad.
    3. Si las personas participantes superan la primera fase de esta prueba, pero no obtienen la habilitación lingüística, estarán exentas de realizar esta fase en las 3 convocatorias siguientes.
  2. Segunda fase.
    1. Consiste en una entrevista en lengua inglesa que valora el grado de competencia comunicativa en la destreza expresión oral.
    2. Las características generales de las 2 fases de la prueba de conocimientos se establecen en la siguiente tabla:
Características de la prueba de conocimiento
Fase Destreza Duración Formato
Primera Comprensión de lectura 100 minutos Tareas sobre textos escritos en lengua inglesa
Gramática y vocabulario Ejercicios de gramática y vocabulario sobre textos escritos en lengua inglesa
Expresión escrita 50 minutos Redacción de una composición de 250 a 275 palabras en lengua inglesa
Comprensión auditiva 30 minutos Tareas sobre textos orales (grabaciones) en lengua inglesa
Segunda Expresión oral De a 10 a 20 minutos Entrevista con el tribunal sobre temas de actualidad o relacionados con el sistema educativo

 

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

  • Subdirección General de Gestión Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial
  • Dirección: Calle Santa Hortensia 30. 28002 Madrid
  • Correo electrónico: habilitacion@madrid.org

Documentación de interés

Titulaciones y certificaciones para la participación (Anexo I)
Descargar
87.4 KB
Titulaciones que eximen de la realización de la primera fase de la prueba (Anexo II)
Descargar
41.36 KB

Tramitación

Una vez finalizado el plazo para presentar las solicitudes, publicaremos las listas provisionales de personas admitidas y excluidas. Las listas indicarán las causas de exclusión y las personas exentas de realizar la primera fase de la prueba.

Las personas excluidas tendrán un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) para subsanar las solicitudes desde el día siguiente a la fecha de publicación.

Una vez examinada cada solicitud, publicaremos las listas definitivas de personas admitidas y excluidas con las causas de exclusión.

Finalizado el desarrollo de las pruebas, los tribunales elaborarán la lista provisional de las personas candidatas que han superado las pruebas. Dichas listas ordenadas por orden alfabético se expondrán en el tablón de anuncios de las sedes.

Las personas interesadas dispondrán de 2 días hábiles para presentar alegaciones contra esta lista provisional, en la misma sede del tribunal. Las alegaciones deberán dirigirse por escrito al presidente del tribunal.

Una vez examinadas las alegaciones, los tribunales propondrán la lista definitiva de personas candidatas que han superado las pruebas a la dirección competente en recursos humanos. Finalmente, las direcciones generales competentes en bilingüismo y en recursos humanos emitirán una resolución conjunta de aprobación de la lista definitiva, que publicaremos en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Recursos Humanos

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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