Última actualización: 15/07/2025

Descripción

  • Referencia
    L221
  • Descripción

    Obtención del informe sectorial emitido por la dirección general competente en materia de biodiversidad y gestión forestal, como autoridad de la Red Natura 2000 en la Comunidad de Madrid.

    El informe es obligatorio en los siguientes supuestos:

    1. A solicitud de Entidades Locales y otras Administraciones Públicas, en los procedimientos relacionados con: 
      1. Ayudas de la dirección general con competencias en materia de agricultura.
      2. Resto de ayudas.
      3. Planes generales de ordenación urbana.
      4. Modificación del planeamiento urbanístico.
      5. Calificación urbanística.
      6. Fotovoltaicas.
      7. Geotermia.
      8. Líneas eléctricas.
      9. Infraestructuras de transporte (carreteras, autovías, carriles bici, etc.).
      10. Certificado Red Natura 2000.
      11. Otros que lo recojan en su normativa específica.
    2. A solicitud de personas físicas o jurídicas en los procedimientos relacionados con:
      1. Adopción de medidas compensatorias.
      2. Planes de vigilancia ambiental.
      3. Planes de restauración ambiental.
      4. Planes de forestación.
      5. Planes de seguimiento.
      6. Certificado Red Natura 2000.
      7. Otros planes.
    3. A petición de la Administración de Justicia, cuando corresponda.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Personas destinatarias

  1. Entidades Locales.
  2. Administración de Justicia.
  3. Otras Administraciones Públicas.
  4. Personas físicas.
  5. Personas jurídicas.

Requisitos

Estar tramitándose un procedimiento administrativo cuya normativa específica exija la emisión del informe sectorial por la dirección general competente en materia de biodiversidad y gestión forestal.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

Personas físicas o jurídicas:

  1. Memoria.
  2. Localización cartográfica del proyecto en formato SHP.
  3. Otra documentación que considere oportuno aportar (indicar).

Entidades Locales:

  1. Memoria descriptiva del proyecto, con el visto bueno del Alcalde de la Entidad Local solicitante.
  2. Localización cartográfica del mismo (preferiblemente en formato vectorial) o coordenadas en formato UTM o referencias catastrales.
  3. Informe municipal sobre viabilidad urbanística de la actuación, donde se especifique:
    1. El uso de la infraestructura o construcción sobre la que se solicita la actuación y especificación sobre si ese uso es compatible con el planeamiento urbanístico.
    2. En caso de edificaciones fuera de ordenación, si la actuación está permitida por el planeamiento en ese tipo de edificaciones.
  4. Otra documentación que considere oportuno aportar (indicar).

Otras Administraciones Públicas:

  1. Anteproyecto o proyecto.
  2. Localización cartográfica del proyecto en formato SHP.
  3. Otra documentación.

Administración de Justicia

  • Documentación aportada (indicar).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF o NIE del solicitante o solicitantes.
  2. De actuar mediante representante, NIF o NIE del mismo.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

Documentación de interés

Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Descargar
598.88 KB

Tramitación

Estas solicitudes de informes técnicos se producen siempre en el seno de otros procedimientos sustantivos, por lo que carecen de valor consideradas aisladamente de aquellos.

En el caso de que la solicitud o la documentación presentadas no estén completas, se notificará a la persona interesada la necesidad de subsanar (corregir), en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos). En caso de no subsanar en plazo, se le notificará que se le tiene por desistido de su solicitud, terminando para ella el procedimiento.

La Administración podrá solicitar la presentación de documentación complementaria.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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