Última actualización: 04/09/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 05/09/2025 Fecha de fin: 30/09/2025
  • En plazo

    • Fecha de inicio: 05/09/2025 Fecha de fin: 30/09/2025
  • En tramitación

    Fecha de inicio: 05/09/2025 Fecha de fin: 30/09/2025

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A840
  • Descripción

    Inscripción de los centros escolares de la Comunidad de Madrid para participar en el programa escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche de la Unión Europea durante el curso 2025-2026.

    Pueden solicitar su participación en uno o varios de los siguientes programas:

    • Programa de fruta.
    • Programa de leche.
    • Medidas educativas de acompañamiento de fruta.
    • Medidas educativas de acompañamiento de leche.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 05/09/2025 Fecha de fin: 30/09/2025

Personas destinatarias

Centros escolares públicos o privados concertados ubicados en la Comunidad de Madrid.

Requisitos

  1. Pertenecer a alguna de las siguientes categorías:
    1. Educación infantil (3 a 6 años, solo programa de leche).
    2. Educación primaria.
    3. Educación secundaria obligatoria (hasta máximo 16 años).
    4. Educación especial (hasta máximo 16 años).
  2. Comprometerse a cumplir las siguientes obligaciones:
    1. Destinar las frutas y la leche subvencionadas exclusivamente al consumo por los alumnos en el recinto del centro educativo, preferentemente durante los periodos de recreo, garantizando que no se utilicen en la elaboración de comidas, ni en el marco de las comidas escolares.
    2. Mantener los productos suministrados en correctas condiciones de conservación hasta el momento de la distribución a los alumnos.
    3. La recepción del suministro es obligatoria para todos los centros escolares y las únicas excepciones que se admitirán serán aquellas que vengan justificadas por motivos de fiestas locales o una actividad programada en el centro escolar que suponga la ausencia de alumnos del centro durante esa jornada. Esta situación excepcional deberá ser comunicada con una antelación de, al menos, 15 días.
    4. Comprobar que los productos suministrados coinciden con la cantidad, tipo de producto y calidad expresada en el albarán de entrega. Personal del centro escolar debidamente identificado deberá firmar (imprescindible escribir nombre, apellidos y DNI del firmante), sellar los albaranes de entrega que mantendrán archivados o realizar ambas acciones.
    5. Conservar los albaranes de las entregas durante al menos los tres años posteriores al curso del Programa Escolar solicitado.
    6. Formar y concienciar a los alumnos de la importancia del consumo de frutas, hortalizas y leche en la alimentación y realizar las medidas de acompañamiento que se determinen.
    7. Exponer, de forma permanente en la entrada principal del centro, un cartel que será suministrado por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, que indicará que el centro escolar participa en el Programa Escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche de la Unión Europea.
    8. Informar a los padres de la participación del centro en el programa 2025-2026, y hacer llegar a las familias y al Consejo Escolar la información relativa a la participación del centro educativo en el Programa Escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche en la escuela, que sea facilitada por las autoridades competentes de la Comunidad de Madrid.
    9. Permitir las inspecciones en el centro por parte de las autoridades competentes, en particular en lo que respecta a la comprobación de la ejecución del programa.
    10. Proporcionar los datos relativos a la aplicación del plan con el fin de garantizar el seguimiento y evaluación del mismo.
  3. Indicar en la solicitud:
    1. Los programas en los que desea participar.
    2. Indicar el número de alumnos total y de cada etapa educativa que participa en:
      1. El programa de leche, con indicación del número de alumnos adscritos al programa de leche con lactosa o al programa de leche sin lactosa.
      2. El programa de fruta.

Documentación a presentar

Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.

No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

A continuación, publicaremos la lista provisional de solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con la causa de exclusión. Se abrirá un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde el día siguiente a la publicación para subsanar los errores y presentar alegaciones.

Finalizado dicho plazo, evaluaremos las solicitudes y publicaremos la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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