Descripción
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ReferenciaD105
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Descripción
Los tratamientos de fumigación con fosfuros deben comunicarse de forma obligatoria 7 días como mínimo antes de su inicio por empresas inscritas en la sección Tratamientos Fitosanitarios dentro del Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitarios (ROPO), que manejan productos T o T+ que generen gases, y que hacen tratamientos en instalaciones.
También deben comunicar:
- La modificación de datos sobre el tratamiento.
- La cancelación del tratamiento.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Empresas inscritas en la sección Tratamientos Fitosanitarios dentro del Registro oficial de productores y operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO).
Requisitos
- Estar autorizada para manejar productos T o T+ que generan gases y para hacer tratamientos en instalaciones.
- Cumplir los siguientes requisitos operativos antes y durante el tratamiento:
- Tener conocimiento íntegro de lo dispuesto en la ficha del producto fitosanitario y aplicarlo en las condiciones establecidas en la hoja de inscripción en el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios del Ministerio competente en materia de agricultura.
- Realizar el tratamiento con sujeción estricta a lo establecido en:
- La ficha de producto.
- La normativa vigente sobre realización de fumigaciones a base de productos que contienen como materia activa fosfuro de aluminio.
- Las normas auxiliares que recibe como documento adjunto al formulario de comunicación.
- Efectuar el tratamiento por un mínimo de 2 operarios con carnet de usuario profesional de productos fitosanitarios de nivel fumigador, en vigor.
- Respetar una distancia mínima de 25 metros desde los márgenes exteriores de la zona fumigada hasta las zonas vecinales no destinadas a la agricultura o silvicultura. Si la distancia es menor de 25 metros, es preciso adoptar medidas para impedir la permanencia de personas o animales domésticos en las áreas vecinas desde el inicio del tratamiento hasta el fin de las medidas de gestión del riesgo. Dichas medidas pueden consistir en una o varias de las siguientes:
- Señalización.
- Cinta perimetral.
- Acuerdos escritos con propietarios, usuarios autorizados o ambos.
- Información a la ciudadanía: informar sobre los riesgos del uso del producto para fumigar a la totalidad de los habitantes o usuarios de los locales, situados a una distancia de 25 metros de los márgenes exteriores de la zona de aplicación de la fumigación:
- Comunicar la información por escrito al menos 1 semana antes de la fumigación.
- Incluir los siguientes datos:
- Nombre y número de autorización del responsable técnico y del aplicador implicados en la fumigación.
- Nombre de la sustancia activa del producto.
- Información sobre la vía de exposición (inhalación).
- Las características asociadas a la percepción sensorial de la fosfina (olor a carburo, ajo o pescado en mal estado).
- El requerimiento de abandono inmediato de la zona tras la percepción olfativa anterior y que el olor es a menudo solo perceptible por encima de los límites admitidos.
- Descripción de los síntomas debido a la intoxicación por inhalación.
- Descripción de las medidas recomendadas para primeros auxilios.
- Otras fuentes de información:
- Fabricante del producto.
- Nombre y número de teléfono de:
- La empresa aplicadora.
- El Servicio Médico de Información Toxicológica.
- Comunicar el tratamiento a la autoridad competente en agricultura 7 días como mínimo antes del inicio de la fumigación.
- Indicar en el formulario los siguientes datos:
- Empresa notificante del tratamiento.
- Número ROPO (número de inscripción en el Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitarias (ROPO).
- Operador que ha contratado el tratamiento.
- Identificación del lugar de tratamiento:
- Material vegetal a tratar.
- Cantidad (kg).
- Tipo de Instalación.
- Ubicación.
- Nombre comercial del producto fitosanitario.
- Número de Registro del producto fitosanitario.
- Fecha prevista.
- Declarar de forma responsable que ha cumplido o va a cumplir los requisitos operativos antes y durante el tratamiento.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Agricultura
- Dirección: Calle Alcalá 16. 28014 Madrid
- Correo electrónico: sanidad.vegetal@madrid.org
- Teléfono: 914382944
- Horario de atención al público: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas
Tramitación
Una vez presentada la comunicación, no enviaremos respuesta, pero comprobaremos su contenido y verificaremos el cumplimiento de las normas auxiliares que conlleva los tratamientos de fosfuros.
Sólo si detectamos que la comunicación no reúne los datos y requisitos exigidos, enviaremos un escrito a la persona interesada para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que la comunicación no se ha realizado.
Es importante conocer que:
- Si no se realiza el trámite de comunicación, no se puede realizar la actividad.
- Este hecho puede tener como consecuencia responsabilidades administrativas, penales o civiles.
Normativa
- Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios (BOE nº 223, de 15 de septiembre).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).