Descripción
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ReferenciaR36
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Descripción
Comunicación de información sobre cualquier acción u omisión que puede constituir una infracción penal, infracción administrativa grave o muy grave o infracciones del Derecho de la Unión Europea, en alguno de estos sectores:
- Sector público autonómico.
- Sector público local del territorio de la Comunidad de Madrid.
- Instituciones autonómicas (Asamblea de Madrid, Cámara de Cuentas, etc.).
- Entidades del sector privado, cuando el incumplimiento se limite al ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
La persona informante debe haber obtenido dicha información en un contexto laboral o profesional en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
La persona informante puede solicitar medidas de protección como, por ejemplo:
- El cambio de puesto de trabajo si la denuncia está relacionada con acoso laboral.
- La anonimización de su identidad al presentar la comunicación.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Cualquier persona física que tiene conocimiento de acciones u omisiones que pueden ser objeto de denuncia.
Requisitos
- Facilitar información relacionada con alguno de los siguientes supuestos:
- Acciones u omisiones que pueden constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea y que cumplen los siguientes requisitos:
- Están relacionadas con los siguientes actos:
- Contratación pública.
- Servicios, productos y mercados financieros, y prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
- Seguridad de los productos y conformidad.
- Afectan a los intereses financieros de la Unión Europea.
- Inciden en el mercado interior, es decir, infringen las normas sobre competencia y ayudas otorgadas por los Estados, así como sobre el impuesto de sociedades.
- Están relacionadas con los siguientes actos:
- Acciones u omisiones que pueden constituir infracciones penales o administrativas graves o muy graves, especialmente aquellas que suponen un quebranto económico para la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
- Acciones u omisiones que pueden constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea y que cumplen los siguientes requisitos:
- Anonimizar todos los documentos y los datos aportados junto a la denuncia para garantizar la confidencialidad, excepto aquellos que son necesarios para llevar a cabo la investigación.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documentación que consideres necesaria para probar la información denunciada.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Consejo de Transparencia y Protección de Datos
- Calle Carrera de San Jerónimo, 13. 28014, Madrid
- canalexternoinformantecm@madrid.org
Tramitación
Una vez recibida la comunicación, podrá inadmitirse, admitirse o remitirla al órgano que se considere competente para su tramitación.
Si la persona informante ha optado por la anonimización de sus datos de identificación, las comunicaciones necesarias se realizarán mediante un algoritmo por correo electrónico.
La instrucción comprenderá todas aquellas actuaciones encaminadas a comprobar la verosimilitud de los hechos relatados por la persona informante, tras lo cual el Consejo de Transparencia y Protección de Datos, como Autoridad Independiente de Protección del Informante en la Comunidad de Madrid, emitirá un informe. En él se explicarán los hechos y actuaciones realizadas y contendrá la decisión que proceda:
- Archivar el expediente.
- Remitirlo al Ministerio Fiscal.
- Trasladarlo a la autoridad que considere competente.
- Iniciar el procedimiento sancionador.
No es posible presentar recurso contra la decisión tomada.
Plazo de respuesta
El plazo máximo de respuesta es de 3 meses desde la comunicación de la información.
Normativa
- Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (BOE nº 44, de 21 de febrero).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).