Última actualización: 20/06/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 23/06/2025 Fecha de fin: 01/07/2025
  • En plazo

    • Fecha de inicio: 23/06/2025 Fecha de fin: 01/07/2025
  • En tramitación

    Fecha de inicio: 23/06/2025 Fecha de fin: 01/07/2025

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    P75
  • Descripción

    Inscripción en la prueba para optar a los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid del curso 2024-2025, que reconocen los méritos basados en el esfuerzo y el trabajo del alumnado con rendimiento académico excelente.

    Se conceden 25 premios de 2000 euros cada uno a las personas con las mejores calificaciones en la prueba.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 23/06/2025 Fecha de fin: 01/07/2025

Personas destinatarias

Alumnado que ha superado la Educación Secundaria Obligatoria en centros educativos españoles durante el curso 2024-2025.

El alumnado que haya cursado parte o toda la Educación Secundaria Obligatoria en un sistema educativo extranjero puede realizar la prueba, pero sin efectos para la obtención de premio.

Requisitos

  1. Haber superado todas las materias necesarias para completar la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la evaluación ordinaria en el curso 2024-2025.
  2. Haber obtenido una nota media de las calificaciones igual o superior a 8,75.
  3. Haber obtenido una calificación de 9 o 10 en cada una de las cuatro materias obligatorias de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria que son objeto de la prueba, en el curso académico 2024-2025.
  4. No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, de acuerdo con la normativa de subvenciones.
  5. Aceptar las bases de la convocatoria para participar en la prueba.
  6. Presentar la solicitud firmada por una de las siguientes personas:
    1. Por una de las personas progenitoras o tutoras legales del alumnado participante.
    2. Solo si fuera mayor de edad (18 años o más), por el propio alumnado.
  7. Indicar en la solicitud:
    1. Los datos de la persona participante. Se recomienda incluir el teléfono y el correo electrónico por si tenemos que contactar.
    2. Los datos del centro educativo en el que finalizó 4º de ESO.
    3. El idioma extranjero cursado en la ESO.
    4. La opción de Matemáticas cursada en 4º curso de ESO.
    5. Si ha tenido medidas educativas específicas en la ESO y las solicita para la realización de la prueba.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Certificación académica personal en la que se indique expresamente la nota media o calificación final obtenida.
  2. Copia del Pasaporte (únicamente en caso de no disponer de DNI o documento de identificación de extranjero en el que figure el NIE).
  3. Si solicita adaptación para la realización de la prueba debe aportar informe psicopedagógico del centro indicando tipo de necesidad educativa y propuesta de adaptación, así como declaración expresa de que el estudiante ha recibido esas medidas de adaptación.
  4. Si cursó parte o toda la Educación Secundaria Obligatoria en un sistema educativo extranjero y desea realizar la prueba sin efectos para la obtención de premio:
    1. Copia de la certificación acreditativa de los cursos realizados, en la que consten las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y los años académicos en los que se realizaron los respectivos cursos de Educación Secundaria Obligatoria.
    2. Copia de la certificación oficial acreditativa de los cursos realizados o del libro de escolaridad, del libro de calificaciones o del historial académico cuando los estudios de Educación Secundaria Obligatoria previos a los extranjeros se hayan realizado conforme al sistema educativo español.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  • DNI o Documento de identificación de extranjero donde conste el NIE.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

Ten en cuenta

Recuerda guardar y tener a mano la referencia de registro de la solicitud al presentarla. Es imprescindible para identificar tu solicitud en las listas de personas admitidas y excluidas y en las listas de las calificaciones de las pruebas.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

Documentación de interés

Estructura y calificación de la prueba
Descargar
279.77 KB

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, deberá guardar el número de referencia de registro de la solicitud para identificar a la persona participante en los listados de admitidos y excluidos y los listados de calificaciones obtenidas en las pruebas.

Las diferentes etapas del proceso se publicarán en la sección Calendario de actuaciones de este trámite y en el apartado dedicado a estos premios en la página web de las Direcciones de Área Territorial. Se resumen en las siguientes:

9 de julio:

  • Publicación de la relación provisional de personas admitidas y excluidas, con la causa de exclusión.
  • Se abrirá un plazo de 2 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos), a partir del día siguiente al de la publicación para subsanar los errores u omisiones detectados en la lista.

18 de julio:

  • Publicación de la relación definitiva de alumnos admitidos y excluidos.
  • Anuncio de la celebración de las pruebas:
    • Ubicación de las sedes para realizar las pruebas, fecha y hora de presentación.
    • Horario de desarrollo de los ejercicios.
    • Documentación y material que deben llevar a las pruebas, en su caso.
  • La prueba será única para toda la Comunidad de Madrid y se celebrará a la misma hora en todas las sedes.

23 de julio:

  • Celebración de la prueba

9 de septiembre:

  • Publicación de las calificaciones provisionales.
  • Se abrirá un plazo de reclamaciones a las calificaciones de 2 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos), a partir del día siguiente al de la publicación.

18 de septiembre:

  • Publicación de las calificaciones definitivas.

26 de septiembre:

  • Publicación de la resolución provisional.
  • Se abrirá un plazo de 2 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos), a partir del día siguiente al de la publicación para subsanar los errores u omisiones detectados en la lista.

6 de octubre:

  • Publicación de la resolución definitiva.

Antes del 31 de diciembre:

  • Publicación en BOCM de la orden de concesión.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 784/2017, de 15 de marzo , de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen para la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria derivados de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:

  • Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.

Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:

  • Recurso de reposición en cualquier momento.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

Acceso al trámite de recurso de reposición

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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