Descripción
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ReferenciaE5894
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Descripción
Provisión de varios puestos de trabajo de profesorado del Programa de Excelencia en Bachillerato para el curso 2025-2026, por el sistema de Concurso de méritos.
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TasaNo requiere el pago de tasas
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Número de plazas convocadas16
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Plazas convocadas
Aulas de excelencia:
- Biología: 1
- Educación Física: 2
- Dibujo: 3
- Tecnología: 1
- Filosofía: 3
- Química: 2
- Economía: 1
Centros de excelencia:
- Lengua: 1
- Matemáticas: 1
- Inglés: 1
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TitulaciónDoctorado, Máster Universitario, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o título equivalente
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 13/06/2025 Fecha de fin: 26/06/2025
Personas destinatarias
Personal funcionario de cuerpos docentes no universitarios al servicio de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Tener una antigüedad de al menos 3 años como personal funcionario de carrera en la función pública docente.
- Ser funcionario docente en servicio activo de la Comunidad de Madrid.
- Haber ejercido funciones docentes como funcionario de carrera, durante un periodo de al menos 3 años, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro al que se opta. Se entenderá por funciones docentes haber impartido docencia directa en el aula.
- No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexuales.
- Presentar una única solicitud, en la que se pueden solicitar hasta tres plazas por orden de prioridad.
- Indicar en la solicitud todos los méritos alegados, ya que no se tienen en cuenta los que no se incluyen explícitamente. En el caso de que no se adjunte la documentación justificativa porque ya está en poder de la Administración, se debe informar de cuáles son y cuándo fueron aportados, indicando expresamente el nombre del documento y el apartado en el que debe consignarse el mérito.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documentación justificativa de los méritos preferentes recogidos en el apartado 1 del baremo.
- Documentación justificativa de los méritos no preferentes recogidos en el apartado 2 del baremo.
- Documento de otorgamiento de la representación en caso de actuar por medio de representante.
- Otros.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Habilitación lingüística en idiomas extranjeros o acreditación para impartir el currículo de Inglés avanzado.
- DNI o NIE de la persona interesada.
- DNI o NIE de la persona representante.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación
- Dirección: Calle Santa Hortensia 30. 28002 Madrid
- Correo electrónico: ssecundaria@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
La valoración de méritos se realizará por una Comisión de valoración formada por los miembros determinados en la orden de convocatoria.
Publicada la relación provisional de admitidos y excluidos, las personas candidatas dispondrán de un plazo de 5 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos), desde el día siguiente a su publicación, para subsanar su exclusión, o alegar contra la valoración de méritos. La notificación, que conteste a estas subsanaciones o alegaciones, se realizará con la publicación de los listados definitivos de admisiones, exclusiones y baremo. Tanto los listados provisionales como definitivos se publicarán en el calendario de actuaciones de este trámite.
Publicadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, así como el baremo, las personas aspirantes podrán renunciar en el plazo de 2 días hábiles, desde la publicación de los precitados listados.
La selección del candidato para cada una de las plazas se determina por la mayor puntuación final obtenida en el concurso de méritos, aplicando la ponderación de 2/3 en los méritos preferentes, y 1/3 en los no preferentes. Los empates en la valoración final de méritos se resolverán atendiendo en primer lugar a la mayor puntación en los apartados del baremo de méritos preferentes en el orden en que aparecen en la convocatoria, y en segundo lugar, atendiendo a la mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos no preferentes en el orden de su aparición en el Anexo II.
Aplicados los criterios de selección, la Comisión de valoración elevará propuesta definitiva de candidatos seleccionados al Director General de Recursos Humanos, quien, por delegación del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, mediante orden, procederá a resolver el procedimiento, y publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Las candidaturas seleccionadas serán nombradas en comisión de servicios, y tendrán derecho a la reserva de su puesto de destino definitivo mientras permanezcan en el mismo.
Quienes no hayan sido seleccionados, se creará una lista con el fin de poder cubrir todas las necesidades de larga duración en centros y aulas de excelencia. Las personas aspirantes que quieran formar parte de esta lista lo indicarán en su solicitud de participación, y su vigencia durará hasta la publicación de una nueva lista, resultante de un nuevo concurso de méritos del Programa de Excelencia en Bachillerato.
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Normativa
- Orden 2001/2025, de 29 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento de concurso de méritos para la provisión del profesorado del “Programa de Excelencia en Bachillerato” de la Comunidad de Madrid para el curso 2025/2026 (BOCM nº 139, de 12 de junio).
- Orden 5731/2024, de 27 de diciembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se desarrolla el Decreto 15/2024, de 7 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la provisión del profesorado del Programa de Excelencia en Bachillerato de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 14, de 17 de enero).
- Decreto 15/2024, de 7 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la provisión del profesorado del Programa de Excelencia en Bachillerato de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 34, de 9 de febrero).
- Orden 11995/2012, de 21 de diciembre, de organización, funcionamiento e incorporación al Programa de Excelencia en Bachillerato en institutos de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 15, de 18 de enero)
- Decreto 63/2012, de 7 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el Programa de Excelencia en Bachillerato en institutos de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 138, de 11 de junio).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).